Un incendio, una filtración que daña al vecino de abajo, un accidente en el palier: el seguro del consorcio es lo que evita que un siniestro se convierta en expensas extraordinarias para todos. Es una obligación del administrador, y los propietarios tienen herramientas para controlarlo.
Qué exige la ley
Código Civil y Comercial (art. 2067, inc. h): el administrador tiene que mantener asegurado el inmueble con un seguro integral de consorcios que incluya:
- Incendio.
- Responsabilidad civil.
- Los demás riesgos de práctica.
- Además, los otros riesgos que la asamblea resuelva cubrir.
Ley 941 de la Ciudad (art. 9, inc. c): el administrador tiene que asegurar al edificio contra incendio y accidentes, al personal dependiente del consorcio y a terceros.
Los seguros alrededor del edificio
| Quién | Qué seguro | Fuente |
|---|---|---|
| El edificio | Seguro integral de consorcio: incendio, responsabilidad civil y riesgos de práctica | Art. 2067 · Ley 941, art. 9 |
| El personal del consorcio | Seguro de riesgos del trabajo, que el administrador informa cada año en su declaración jurada | Ley 941, arts. 9 y 12 |
| Los proveedores | Riesgos del trabajo de su personal, cuando la ley lo exige, y responsabilidad civil; si son autónomos, con pólizas endosadas a favor del consorcio | Ley 941, art. 11 |
| El administrador | Puede reemplazar su declaración jurada patrimonial por un seguro de responsabilidad profesional a favor del consorcio | Ley 941, art. 12 |
Cómo controlarlo desde la liquidación
Cada liquidación de expensas tiene que detallar el pago del seguro con (Ley 941, art. 10):
- El nombre de la compañía.
- El número de póliza.
- El tipo de seguro y los bienes asegurados.
- La fecha de vencimiento de la póliza.
- El número de cuota que se paga.
Si alguno de esos datos falta, pedilo. Y si estás por comprar una unidad, el certificado de deudas y créditos del consorcio tiene que incluir información sobre los seguros vigentes (art. 2067). Mirá cómo pedir el certificado.
Qué conviene revisar
- Que la póliza esté vigente y que el vencimiento no quede sin renovar.
- Que las sumas aseguradas estén actualizadas: con la inflación, un monto que alcanzaba hace un año puede quedar corto.
- Qué cubre y qué no: las exclusiones y franquicias están en la póliza. Pedí una copia; el administrador tiene que garantizar el acceso a la documentación del consorcio (Ley 941, art. 9).
- Qué queda para cada propietario: el seguro del consorcio está pensado para el edificio y la responsabilidad del consorcio. Para el contenido de tu unidad, conviene revisar si necesitás un seguro propio.
Si hay un siniestro
Avisale cuanto antes a la administración, que como representante del consorcio gestiona la denuncia ante la compañía (art. 2067). Si el siniestro genera un reclamo judicial contra el consorcio, el administrador tiene que notificarlo a todos los propietarios dentro de las 48 horas (Ley 941, art. 9).
Cómo lo hacemos en ABconsorcios
La póliza vigente figura en cada liquidación con todos sus datos y controlamos los vencimientos. Si querés revisar la cobertura de tu edificio, pedinos una propuesta o mirá qué incluye nuestra administración.
Esta guía es informativa y se basa en el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley 941 de la Ciudad de Buenos Aires. No reemplaza el asesoramiento legal ni lo que establezca el reglamento de tu edificio.